Bolivia instauró tarifa móvil solidaria para personas con discapacidad


Más de 37 mil bolivianos con discapacidad gozarán del beneficio Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil Prepago por 0,80 Bolivianos el minuto desde este 15 de enero.

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En Bolivia, más de 37 mil ciudadanas y ciudadanos con discapacidad gozarán de un beneficio de Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil Prepago, disposición emanada de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) y que rige desde este 15 de enero.

El Director Ejecutivo de la ATT, Luis Felipe Guzmán, informó que esta disposición de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) rige en todo el territorio nacional y con la aceptación de los tres operadores de telefonía de ese país: la estatal Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL) y las privadas TIGO y VIVA.

El servicio se presta desde el 15 de enero de 2015 y le permite a las personas con discapacidad gozar de la Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil Prepago de 0,80 Bolivianos (0,11 dólares) por  minuto, hasta un máximo de 50 Bolivianos por mes, y podrán realizar sus recargas desde un Boliviano en cualquier punto autorizado.

El costo del minuto de las llamadas para el público en general actualmente es de un Boliviano (0,14 dólares) para arriba, en cualquiera de las operadoras.

Para empezar a disfrutar de este beneficio social, las personas deberán registrarse con su carnet de discapacidad vigente en uno de los tres operadores de su preferencia. Luego de realizar la solicitud, se activará el servicio en las siguientes 24 horas.

La ATT y el Ministerio de Salud actualizarán diariamente la lista de las personas que se beneficien con esta tarifa, la cual será remitida a los operadores de telefonía.

Para aprobar la nueva norma, la ATT se basó en el parágrafo 10 de la Ley General de Telecomunicaciones, que establece el “principio de solidaridad” en pro de los sectores con menos ingresos y necesidades especiales.

Solidaridad. La prestación de servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, así como el servicio postal fomentará la adopción de mecanismos para lograr el acceso a los servicios de sectores con menores ingresos y grupos con necesidades especiales, buscando calidad y precios asequibles. Artículo 10 de la Ley General de Telecomunicaciones de Bolivia.

Esta tarifa solidaria sigue además las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) en la materia.


19 enero, 2015




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