Servicio Universal

Definición

¿Qué es?

Es el conjunto definido de servicios de telecomunicaciones que los operadores están obligados a prestar a los usuarios y usuarias, para brindar estándares mínimos de penetración, acceso, calidad y asequibilidad económica, con independencia de la localización geográfica.

Su finalidad es la satisfacción del propósito de integración nacional, la maximización del acceso a la información, el desarrollo educativo y del servicio de salud y la reducción de las desigualdades en materia de acceso a los servicios de telecomunicaciones para la población.

La legislación venezolana establece que la prestación del Servicio Universal debe ser garantizada por el Estado. Entre los servicios que se incluyen en esta modalidad se encuentran los de telefonía pública fija y acceso a Internet.

Principios rectores

En la planificación, establecimiento, asignación y seguimiento de las obligaciones de Servicio Universal de Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones orientará su actuación a los siguientes principios:

Equidad a los fines de procurar el desarrollo e integración de la nación, defendiendo siempre los valores de justicia distributiva, solidaridad, reducción de la desigualdad de acceso y asequibilidad económica.

Continuidad en la prestación del servicio de telecomunicaciones y en el mantenimiento de las condiciones de calidad del servicio que se establezcan al efecto las leyes y demás normas aplicables.

Neutralidad en la planificación y en el establecimiento de las obligaciones de Servicio Universal de Telecomunicaciones, que procure no favorecer a prestadores específicos ni conferir derechos de exclusividad o privilegiar tecnologías.

Transparencia en los mecanismos y en el manejo del Fondo del Servicio Universal de Telecomunicaciones, los cuales deberán ser realizados de manera objetiva, clara y pública, de conformidad con la ley y demás normas aplicables.

Igualdad de oportunidades para todos los participantes en los mecanismos de asignación de las obligaciones de Servicio Universal de Telecomunicaciones.

Eficiencia en el establecimiento de las obligaciones del Servicio Universal de Telecomunicaciones y en la administración financiera de los recursos del Fondo del Servicio Universal de Telecomunicaciones.

Fondo

Fondo de Servicio Universal

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones crea el Fondo de Servicio Universal, otorgándole carácter de patrimonio separado dependiente de Conatel. Su finalidad es subsidiar los costos de infraestructura necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal y, al mismo tiempo, mantener la neutralidad de sus efectos, desde el punto de vista de la competencia.

El Fondo cuenta con una Junta de Evaluación y Seguimiento de Proyectos, presidida por el Director General de Conatel o quien ejerza sus funciones, junto a un representante designado por el Ministro de Obras Públicas y Vivienda, un representante designado por el Ministro de Planificación y Desarrollo, un representante designado por el Ministro de Ciencia y Tecnología e Industrias Intermedias, y un representante designado por las personas que aportan al Fondo.

Recursos del Fondo

Los recursos del Fondo de Servicio Universal provendrán de los aportes de los operadores de servicios de telecomunicaciones con fines de lucro, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones; y todos aquellos adicionales que, a título de donación, realice cualquier persona natural o jurídica.

Además, los recursos de este Fondo se depositan en una cuenta bancaria designada por Conatel, aunque también podrán colocarse en inversiones que garanticen la mayor seguridad, rentabilidad y liquidez. En tanto, los gastos de gestión de esta cuenta se deducirán de su saldo y los rendimientos que genere aumentarán los recursos del Fondo.

Información a los operadores

Conatel notifica que está a disposición de todos los Operadores de Telecomunicaciones la opinión de los contadores públicos independientes de los estados financieros del Fondo de Servicio Universal, correspondiente al año fiscal 2013. En ese sentido, se informa a los interesados en obtener el Informe de Auditoria que deberán solicitarlo por escrito a la oficina de Atención al Usuario de Conatel.

Informe Anual

Informes anuales

Los siguientes informes tienen como finalidad dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada en Gaceta Oficial 39.610, de fecha 7 de febrero de 2011, en la que se dispone lo siguiente:

“La Comisión Nacional de Telecomunicaciones deberá elaborar y hacer público un informe anual sobre los aportes realizados al Fondo para su financiación y los montos de los subsidios del Servicio Universal que se hubiesen otorgado, pudiendo requerir tales fines toda la información que estime necesaria a los operadores implicados”.


 




 







Obligaciones

Marco Legal

Una obligación de Servicio Universal es aquella asignada a un operador de servicios de telecomunicaciones, a través de los mecanismos establecidos en el Título IV del Reglamento de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones sobre el Servicio Universal, en función de las necesidades del sector que determine Conatel y en atención a los propósitos de alcance social establecidos en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

Finalidad de las obligaciones

• Coadyuvar a la disminución de los niveles de desincorporación de grupos sociales al proceso general que conforma y consolida la nación, generados por las barreras geográficas y las situaciones limitantes inherentes a la marginalidad social, a los fines de contribuir a la integración nacional.

• Procurar maximizar el acceso a la información por parte de la población nacional a los servicios de telecomunicaciones y el desarrollo de la infraestructura necesaria, con el objeto de insertar a la población del país en la Sociedad del Conocimiento.

• Procurar la existencia de servicios de telecomunicaciones que coadyuven a una mayor incorporación de la población al proceso educativo, a una diversificación y enriquecimiento de los medios de acceso y suministro de información y a elevar el nivel de las condiciones de acceso a las telecomunicaciones en los institutos de enseñanza, contribuyendo así al desarrollo educativo nacional.

• Fomentar la promoción y desarrollo de la telemedicina, servicios de apoyo a emergencias y aumento de las condiciones de acceso a las telecomunicaciones en centros hospitalarios y ambulatorios, a fin de apoyar el desarrollo de los servicios de salud.

• Aumentar los niveles de acceso a los servicios de telecomunicaciones, privilegiando a las áreas geográficas donde tal acceso es inexistente o escaso, a los fines de lograr una reducción en las desigualdades de acceso.

Fases

Las fases que debe cumplir Conatel para establecer las obligaciones de Servicio Universal de Telecomunicaciones son las siguientes:

1. Determinación de necesidades
Fase en la cual se realiza la identificación y evaluación de los requerimientos de servicios de telecomunicaciones en las zonas geográficas que serán abordadas en el cumplimiento de los propósitos del Servicio Universal de Telecomunicaciones, así como la determinación de los objetivos que deben ser cumplidos.

2. Formulación del proyecto
Fase en la cual se realiza el diseño a nivel de sistema del soporte físico y lógico necesario para la prestación de los servicios objeto del proyecto en lapsos determinados y en ubicaciones específicas, así como la estimación económica de los costos relacionados, requerimiento de inversiones y políticas tarifarias aplicables y la determinación de la información necesaria e índices específicos que permitan estimar la sostenibilidad del proyecto en el marco de financiamiento del Fondo del Servicio Universal de Telecomunicaciones.

3. Asignación de las obligaciones de Servicio Universal de Telecomunicaciones
Fase en la cual la Comisión Nacional de Telecomunicaciones asigna a un operador de telecomunicaciones una Obligación de Servicio Universal de Telecomunicaciones específica, de conformidad con los mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y el presente Reglamento.

Proyectos

Proyectos para la prestación del servicio

En consonancia con sus obligaciones, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, a través de la Gerencia de Planificación e Ingeniería de Negocios, actualmente ejecuta un conjunto de proyectos para la prestación del servicio de telecomunicaciones con un propósito social, enmarcado en los principios establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, para beneficiar a diversas poblaciones del territorio nacional, impulsando así la democratización y desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en zonas desasistidas.

Primer Proyecto
Segundo Proyecto
Tercer Proyecto

Octavo Proyecto
Noveno Proyecto
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La Oficina de Atención a la Usuaria y al Usuario concede a la ciudadanía una esmerada e inmediata atención para todos aquellos requerimientos inherentes al área, con un personal altamente calificado que ofrecerá una orientación eficaz.

Centro de Desarrollo e Información en Telecomunicaciones especializado en generar programas educativos innovadores, para la formación y actualización permanente en materia de Telecomunicaciones y temas de interés comunitario vinculados al sector.

Conatel es el ente encargado de la administración y asignación de nombres de dominios bajo la estructura de primer nivel “.ve” en la red mundial de Internet, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo III de la reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

 

Un Medio Comunitario es un espacio de construcción de nuevas relaciones sociales, para empoderar a las comunidades y fortalecer la cultura local, dando participación activa y protagónica a quienes nunca han tenido voz, con el impulso del Estado.

El Fondo de Responsabilidad Social está dirigido a financiar proyectos de desarrollo y fomento de la producción nacional, capacitación de productores nacionales de obras audiovisuales o sonoras, investigaciones relacionadas con la comunicación, entre otros.

El desarrollo del Sector Telecomunicaciones se sustenta en la correcta y oportuna declaración de tributos por parte de los prestadores de servicios debidamente autorizados para tales fines por el Estado venezolano.