Servicios de Producción Nacional Audiovisual

Marco Teórico

Definición

La Norma Técnica sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual y otros Servicios de Producción Audiovisual define -en su artículo número 2- a los Servicios de Producción Nacional Audiovisual (SPNA) como aquellos canales cuya recepción y/o difusión de imágenes y sonidos ocurran dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, y se difundan sólo a través de las redes de los prestadores del servicio de difusión por suscripción habilitados por Conatel, con excepción de los siguientes supuestos (artículo 3):

• Que el canal contenga en su programación semanal más del 70 por ciento de programas, publicidades o propagandas que, en su conjunto, no califiquen como producción nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la presente norma técnica.

• Que el canal contenga en el tiempo total de su programación semanal más del setenta por ciento de programas, publicidad o propaganda que, en su conjunto, no califiquen como producción nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la presente norma técnica.

En ese sentido, los interesados en prestar servicios de producción nacional audiovisual deben solicitar y obtener el permiso correspondiente emitido por Conatel, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y demás normativas aplicables.

Marco Legal

Normativas

Quienes presten Servicios de Producción Nacional Audiovisual son sujetos de aplicación de las disposiciones de orden e interés público contenidas en la Ley de Responsabilidad Social en Radio Televisión y Medios Electrónicos, un instrumento jurídico que tiene entre sus funciones la protección de los derechos de los usuarios y usuarias de los servicios de televisión, entre los cuales destacan los servicios de producción nacional audiovisual.

En tanto, la Norma Técnica sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual y otros Servicios de Producción Audiovisual tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico aplicable a los SPNA y otros servicios de producción audiovisual, de conformidad con la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

Adicionalmente, las Condiciones para la Prestación de los Servicios de Producción Nacional Audiovisual está dirigida a  desarrollar el régimen jurídico aplicable a la constitución, funcionamiento, supervisión, inspección, control, regulación y vigilancia de los servicios de producción nacional audiovisual, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y demás normativas aplicable.

Preguntas Frecuentes

La Oficina de Atención a la Usuaria y al Usuario concede a la ciudadanía una esmerada e inmediata atención para todos aquellos requerimientos inherentes al área, con un personal altamente calificado que ofrecerá una orientación eficaz.

Centro de Desarrollo e Información en Telecomunicaciones especializado en generar programas educativos innovadores, para la formación y actualización permanente en materia de Telecomunicaciones y temas de interés comunitario vinculados al sector.

Conatel es el ente encargado de la administración y asignación de nombres de dominios bajo la estructura de primer nivel “.ve” en la red mundial de Internet, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo III de la reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

 

Un Medio Comunitario es un espacio de construcción de nuevas relaciones sociales, para empoderar a las comunidades y fortalecer la cultura local, dando participación activa y protagónica a quienes nunca han tenido voz, con el impulso del Estado.

El Fondo de Responsabilidad Social está dirigido a financiar proyectos de desarrollo y fomento de la producción nacional, capacitación de productores nacionales de obras audiovisuales o sonoras, investigaciones relacionadas con la comunicación, entre otros.

El desarrollo del Sector Telecomunicaciones se sustenta en la correcta y oportuna declaración de tributos por parte de los prestadores de servicios debidamente autorizados para tales fines por el Estado venezolano.