Presidente Maduro decretó la difusión de música venezolana en horario estelar
En la inauguración de la Casona Cultural Aquiles Nazoa, en Caracas, el presidente Nicolás Maduro aprobó la transmisión y difusión de obras musicales venezolanas en horario estelar.
El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, firmó el decreto que aprueba la transmisión de las obras musicales venezolanas en los servicios de radio y televisión en horario estelar. Asimismo, delegó a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), encabezada por el G/B Jorge Márquez Monsalve, para ser el órgano garante del cumplimiento de este mandato.
Dicho anuncio fue realizado en la inauguración de la Casona Cultural Aquiles Nazoa, llevada a cabo este viernes en Caracas.
”La música y la obra nacional serán transmitidas en horario estelar por todos los canales de televisión y las emisoras de radio del país. Asimismo, instruí a CONATEL para que supervise el cumplimiento de este decreto que nos protege de la transculturización. ¡Cúmplase!”, indicó el Jefe de Estado a través de su cuenta personal en la red social Twitter.
La música y la obra nacional serán transmitidas en horario estelar por todos los canales de televisión y las emisoras de radio del país. Asimismo, instruí a CONATEL para que supervise el cumplimiento de este decreto que nos protege de la transculturización. ¡Cúmplase! pic.twitter.com/04PGxY3u4s
— Nicolás Maduro (@NicolasMaduro) 14 de diciembre de 2019
”Que se vigile desde Conatel y que la música venezolana, la obra nacional, esté en los horarios estelares de la radio y la televisión; para promover nuestros valores y fortalecer cultura nacional en toda su diversidad”, indicó el Primer Mandatario Nacional.
En cumplimiento con lo establecido en la ley
El artíulo 14 de la Ley de Responsabilidad Soial en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, establece lo siguiente:
- Durante el horario todo usuario y supervisado destinar un cincuenta por ciento (50%) de la programación musical diaria a la difusión de obras musicales venezolanas.
- Los prestadores de servicio que se encuentren ubicados en estados y municipios fronterizos del territorio nacional, deben destinar un setenta y cinco por ciento (75%) de obras musicales venezolanas.
En ambos casos, debe destinarse el cincuenta por ciento (50%) de esta difusión a las obras musicales de tradición venezolana.
- En el caso de piezas extranjeras se deberá difundir al menos un diez por ciento (10%) de piezas latinoamericanas y de El Caribe, siendo éstas composiciones de carácter popular, contemporánea o académica, entre otras, que resalten valores esenciales que identifican la cultura de cada región.
Periodista: Rebeca González
14 diciembre, 2019