El MOPVI pudo comprobar que Radio Victoria operaba bajo parámetros técnicos correspondientes a emisoras clase “A”, siendo que dicha emisora está clasificada como clase “B”, de conformidad con el Reglamento sobre la Operación de Estaciones de Radiodifusión Sonora. Adicionalmente, Radio Victoria operaba en una zona de cobertura distinta a la que correspondía técnica y legalmente, la cual comprendía los municipios Bolívar, Zamora, Francisco Linares Alcántara, Girardot, José Ángel Lamas, José Rafael Revenga, José Félix Ribas, Libertador, Mario Briceño Iragorry, San Sebastián, Santos Michelena, Santiago Mariño, Sucre y Tovar del estado Aragua; municipios Carlos Arvelo, Diego Ibarra, Guacara, Los Guayos, San Joaquín y Valencia del estado Carabobo; municipios Juan Germán Roscio del estado Guárico y en los municipios Carrizal y Guaicaipuro del estado Miranda.
Incluso, Radio Victoria difundía su señal en zonas no autorizadas, llegando hasta los estados Yaracuy, Apure, Cojedes y Portuguesa entre otros, afectando la correcta prestación del servicio de radiodifusión sonora de los operadores debidamente habilitados en dichos estados, quienes estaban siendo interferidos por las emisiones de Radio Victoria.
Cabe destacar que en el curso del procedimiento los representantes de Radio Victoria solicitaron que se les ajustaran los parámetros técnicos conforme lo establecido en el mencionado Reglamento a fin de regularizar y adecuar su situación a la legalidad. En tal sentido, se le concedió un plazo de 10 días hábiles para adecuarse a los parámetros aplicables, los cuales fueron claramente determinados en la Resolución del MOPVI.
Por todas esas razones, el MOPVI declaró la nulidad absoluta de los títulos autorizatorios, en lo que respecta a los parámetros técnicos, y en consecuencia ajustó la zona de cobertura a lo correspondiente a una emisora clase “B”, siendo la zona de cobertura resultante los municipios José Félix Rivas, José Rafael Revenga y Santos Michelena del Estado Aragua.