CONATEL exhorta a medios a combatir estereotipos


Con motivo del Día del Orgullo LGBTI, Conatel llama a medios radioeléctricos y electrónicos a promover los derechos de la comunidad sexo género diversa y a evitar discriminación en la programación.

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Con motivo de celebrarse este 28 de junio en todo el mundo, el Día Internacional del Orgullo LGBTI, (lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgéneros e intersexuales), la Comisión Nacional de Telecomunicaciones hizo un exhorto público a los medios de comunicación para revisar la difusión de contenidos violatorios de los derechos de la comunidad sexo género diversa en Venezuela. En el llamado público, CONATEL invitó a los medios a revisar contenidos que pudieran resultar discriminatorios hacia las personas LGBTI, mensajes que patologicen la orientación o identidad de género, que promuevan estereotipos negativos, o que avalen y naturalicen la violencia, al tiempo que invitó a los medios a promover contenidos positivos, realizar campañas y visibilzar la lucha de la comunidad sexo género diversa por sus derechos.

A continuación el texto completo del EXHORTO PÚBLICO:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
206°, 157º y 17º

Caracas, 28 de junio de 2016

Exhorto referente a la transmisión de mensajes sobre la comunidad sexo género diversa, en radio, televisión y medios electrónicos.

En ocasión de celebrarse, hoy 28 de junio, el Día Internacional del Orgullo LGBTI, (lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgéneros e intersexuales), que promueve los derechos humanos de la comunidad sexo género diversa, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), en cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la República, las leyes nacionales y los tratados internacionales, que aseguran la dignidad y la igualdad de derechos para todos los seres humanos;

En consideración a que es condición fundamental de nuestro sistema político garantizar el disfrute universal de los derechos humanos por todas las personas, con independencia de su orientación sexual, la identidad de género y expresión de género sin ningún tipo de discriminación;

En consideración a que una sociedad democrática, participativa y protagónica debe luchar para erradicar todo acto de discriminación por orientación sexual, identidad y/o expresión de género;

En consideración a que es responsabilidad de esta institución, en ejercicio de sus atribuciones y competencias como ente regulador en radio, televisión y medios electrónicos, proteger los derechos de los usuarios y usuarias de los medios radioeléctricos y electrónicos, llamando a estos últimos a no promover o difundir contenidos en cualquiera de sus formatos que de forma mal orientada y ajena a toda ética, contribuyan a reforzar y sostener prejuicios, estigmas y estereotipos sociales que generen odio, discriminación e intolerancia hacia los ciudadanos y ciudadanas por su orientación sexual, identidad y/o expresión de género, tales como:

1. Contenidos que patologizan la diversidad de las orientaciones sexuales, identidades y/o expresiones de género.
2. Contenidos que invocan creencias, costumbres o disciplinas religiosas para impedir, negar o condicionar a otro u otra el ejercicio de sus derechos.
3. Mensajes, sonidos o imágenes humillantes, vejatorias, ofensivas, comparaciones destructivas que atenten contra la estabilidad emocional o psíquica de la comunidad LGBTI.
4. Contenidos que inciten al odio, intolerancia, violencia física, violencia sexual, acoso u hostigamiento, actos lascivos, acoso sexual, violencia laboral, violencia patrimonial y económica de la comunidad sexo género diversa.
5. Contenidos que estigmaticen a las personas LGBTI mediante un modelo único, omitiendo la diversidad de capacidades, habilidades y conocimientos de las mismas.
6. Mensajes que sometan a la comunidad de transexuales y transgénero al escarnio público, no respetando el derecho a la autodeterminación de su personalidad e identidad propia.
7. En general, cualquier otro mensaje de contenido discriminatorio que atente contra el libre desenvolvimiento de la personalidad.

Emite el siguiente

EXHORTO PÚBLICO

Se exhorta a todos los medios en radio, televisión y medios electrónicos, a entender la responsabilidad que tienen en combatir la imagen estereotipada de personas pertenecientes a la comunidad LGBTI, que se ha difundido durante décadas y que ha contribuido a reforzar comportamientos hostiles y discriminatorios de la sociedad hacia esas personas.

Se exhorta a todos los medios en radio, televisión y medios electrónicos a revisar con ojo crítico los contenidos difundidos a través de su programación y espacios con relación a la comunidad sexo género diversa, y a procurar la no difusión de mensajes discriminatorios o violatorios de sus derechos humanos.

Se exhorta a respaldar la promoción de los derechos humanos de la comunidad LGBTI, mediante la inclusión en su programación y espacios, de contenidos, mensajes y campañas que representen una imagen respetuosa de la realidad de las personas LGBTI en Venezuela y en el mundo, al igual que dar cobertura a las noticias que tienen como protagonistas al colectivo LGBTI, sobre todo las que tienen que ver con la lucha social que libran por la conquista de sus derechos.

Comuníquese.

William Alfredo Castillo Bollé
Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
Según Decreto Nº 767 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.346 de fecha 31 de enero de 2014.

Agenda Económica Bolivariana

 

¡DESCARGUE AQUÍ EL EXHORTO PÚBLICO!


28 junio, 2016




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